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Después de 10 años de lucha: Fallo histórico que obliga a una cooperativa y a Acindar a reincorporar a Guillermo Díaz

Después de 10 años, y ante una clara discriminación y persecución político-sindical, un fallo judicial histórico indica que Guillermo Díaz tiene que ser reincorporado como trabajador de la metalúrgica Acindar y de la Cooperativa Cooperar, ubicadas en la localidad de Villa Constitución (Santa Fe). Díaz había sido sancionado con la expulsión de la cooperativa enrostrándole concretamente el cargo de “haber instigado un paro”.

La dignidad de un trabajador y su conciencia de clase le ha arrancado al sistema un fallo ejemplar. Trabajador de Acindar y de la cooperativa Cooperar, dirigente de la UOM de Villa Constitución, Guillermo Díaz fue despedido por “…haber instigado el paro de actividades de asociados del sector acondicionado de barras turno tarde de fecha 02 de octubre de 2012 participando de la medida, propiciando el disturbio, la discordia y desunión de los asociados…”

El motivo claro de su despido tuvo que ver con su afiliación sindical y la participación en actividades sindicales como reconocido integrante de la lista Roja-Marrón de la UOM, de la Mutual y de la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA).

Nuestro compañero Guillermo Diaz deberá ser reincorporado a su puesto de trabajo luego de más de 10 años de lucha. Este fallo histórico solo ha sido posible por la conciencia de clase de Guillermo ya que las patronales, en una práctica constante para perseguir a los que luchan, producen despidos arbitrarios, ofrecen sumas indemnizatorias y cuentan con que, ante la falta de empleo, algunos trabajadores para sobrevivir terminan cobrando lo que les ofrecen y aceptan los despidos.

Fallo histórico

El fallo impecable señala: “Estas reflexiones explican acabadamente cuál ha sido la historia personal de Guillermo Díaz y en cierto sentido va perfilando mi convicción judicial en orden al rol que ha tenido la codemandada Acindar SA en esa construcción existencial. Primero, trabajador dependiente de Acindar y militante de una agrupación sindical históricamente entroncada en el Villazo y todo lo que está guardado en la Memoria (sueños de la vida y de la historia), con su brutal represión terrorista (la “Operación Serpiente Roja del Paraná”, sigue en google). Luego su despido en tiempos de la segunda oleada neoliberal que sufrió nuestra amada Patria. Despidos compulsivos, retiros “voluntarios”… los “noventa al palo”. Después, junto al colectivo de “descartados” (utilizo el concepto del Papa Francisco), constituir una cooperativa y seguir militando sindicalmente en una de las referencias más robustas de la resistencia al “menemato”: la Central de Trabajadores Argentinos. Su rol en la mutual sindical. Nadie puede disociar la identidad sindical del actor, por lo que es lógico y natural que acuda a la jurisdicción laboral cuando ella se ha visto avasallada como lo fue en el seno de la cooperativa que ayudó a formar.”

“La identidad del actor tiene una doble referencia: Villa Constitución y los trabajadores y trabajadoras de Acindar. Allí está su capital personal y todo lo que a lo largo de más de 35 años fue su vida laboral y social.”

El fallo argumenta también que: “Esta reflexión adquiere ribetes ubicuos cuando apreciamos en qué situación afrontó Díaz el hecho de su expulsión de la cooperativa. Se le aplicó la ley del más fuerte (algún testigo hizo una referencia muy concreta, dijo “viejos rencores”) sin que tuviere posibilidad alguna de argumentar, como lo hizo en esta causa, que lo estaban dejando sin trabajo (cooperativo), por haber instigado un paro (que obviamente no se probó, pero igual hubiera sido plenamente legítimo)”.

Además, el fallo destaca: “Esta conclusión se extiende a los terceros que instigan o ejecutan actos antisindicales. Es el caso que estoy resolviendo, donde la Cooperativa lo expulsó por instigar un paro y la otra codemandada (ACINDAR) lo “canceló” por el mismo motivo”.

“De ahí la importancia de garantizar en todo tiempo y bajo sus diversas formas, la libertad sindical. Si el trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, va de suyo que también debe gozar esa tutela “la libertad sindical en sus diversas formas”. Lógica pura. Si se tutela al trabajo en una cooperativa, también debe tutelarse el ejercicio de la libertad sindical en el marco de una cooperativa”.

En su fallo identifica con toda claridad a la patronal multinacional como corresponsable: “La codemandada Acindar hace muchos años que está controlada por el Grupo ArcelorMittal, tal vez la mayor compañía siderúrgica del planeta”.

Sostiene contundentemente: “Sabemos, porque no vivimos en un tupper, que hay dos motivaciones centrales que dividen al movimiento de los trabajadores en cuanto a su posicionamiento “político”: a) aquéllos que conciben a la acción sindical como enmarcada en el mejoramiento de las condiciones de trabajo sin cuestionar el sistema político en el que se desenvuelve la acción; b) los otros, que suponen que todos los males de la clase obrera se centran en la propia existencia del capitalismo”.

“¿Dónde está Díaz? Solo él lo sabe porque a todos y todas no nos debería interesar sus pensamientos políticos. Cuando se “supone” o se tiene por “consabido” que el actor es tal o cual cosa, que responde a uno u otro pensamiento político o gremial, lo que estamos haciendo es discriminar. Eso ha sido, claramente, lo que sucedió con su expulsión. Y nada importa si era reformista, revolucionario o lo que fuere. Fue discriminado”.

Este fallo es un verdadero triunfo de la clase obrera

FeTERA debe analizar y estudiar este fallo de la justicia. Es digno de charlas, debates, foros y todo tipo de encuentros para que llegue a todo el movimiento obrero para que se discuta sobre libertad sindical, modelos sindicales y sistemas sociales. Sobre el rol de las multinacionales y la lucha de clases. Nuestro compañero no abandonó la lucha y el fallo favorable, sus fundamentos, análisis y conclusiones deben ser divulgados porque nos da armas y fortaleza en nuestra lucha por los cambios sociales.

FeTERA – Abril 2021