FeTERA
Gremiales Noticias Sin categoría

Abogados laboralistas analizaron el histórico fallo que obliga a Acindar y la Cooperativa Cooperar a reincorporar a Guillermo Díaz

La FeTERA organizó el foro “Foro Tutela Sindical-Protección Despido Discriminatorio” que se realizó de manera virtual. Puso el foco en el caso del fallo Guillermo Díaz contra Cooperativa/Acindar. La apertura del evento estuvo a cargo del secretario general de la FeTERA, Julio Acosta. Los expositores fueron los abogados laboralistas Guillermo Pajoni, Guillermo Gianibelli, Fernando Folio y Cynthia Benzion, que además es presidenta de la Asociación de Abogadas y Abogados Laboralistas.

Por su parte, el secretario general de la Federación Judicial Argentina (FJA), y Víctor Mendibil, ex secretario general de esta federación, fueron los moderadores del encuentro, que fue organizado por la Lista Marrón de Villa Constitución; la FeTERA; y la Corriente Sindical Carlos Chile. El foro contó con una muy buena participación de Profesionales del Derecho Laboral y alrededor de 100 compañeros y compañeras de todo el país.

Después de 10 años, y ante una clara discriminación y persecución político-sindical, un fallo judicial histórico indicó el pasado abril que el compañero Guillermo Díaz tiene que ser reincorporado como trabajador de la metalúrgica Acindar y de la Cooperativa Cooperar (Villa Constitución – Santa Fe). Díaz había sido sancionado con la expulsión de la cooperativa enrostrándole concretamente el cargo de “haber instigado un paro”.

Testimonios

En la apertura, Julio Acosta señaló que es el resultado de la lucha consecuente de un trabajador comprometido con la clase”.

En tanto que Guillermo Pajoni (quién fue el abogado de Guillermo Díaz en el fallo histórico, indicó que: “lo que dice en esta sentencia vale la pena militarlo porque dice cosas que, independientemente de lo que resuelva la cámara, tienen que quedar plasmadas como una línea jurídico-política a seguir adelante”. Además, “tiene elementos jurídicos muy fuertes y argumentos políticos muy fuertes también”. “La sentencia remarca que Guillermo Díaz es un activista sindical dentro del organigrama organizativo de la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA), y el juez hace en esta parte del fallo toda una reconstrucción histórica muy valiosa sobre la CTA. Y también el fallo describe profundamente en cómo Acindar juega un rol fundamental en que la cooperativa lo expulse, es decir, cómo Acindar dice que no está conforme con Díaz porque tomó una actitud de defender con otros trabajadores su puesto de trabajo, que es tomado por la empresa como una actitud cuasi-delictual, cuando sabemos que es un derecho legítimo de los trabajadores/as”.

Guillermo Gianibeli intervino con un análisis que puso la atención -entre otras cosas- con el largo proceso de precarización laboral que impulsa el capital desde hace décadas en la Argentina: “algunos lo llamaron la huida del contrato de trabajo, es decir, la operación de poder del capital desde mediados de los 70s, que tuvo elementos ya clásicos como el desempleo estructural, la precarización consiguiente y una fórmula que denunciamos muchas veces pero que sigue presente: la tercerización o la subcontratación”.

“También hay otro discurso que habla de las bondades o ´ventajas´ de salirse de las relaciones del trabajo. Es decir, salirse a través del emprendedurismo o de esos cantos de sirenas que estamos acostumbrados a escuchar. Esos discursos hablan de que esa salida del contrato de trabajo es tener más libertad, como si estar dentro de un contrato de trabajo fuese una limitación de la libertad”, añadió Gianibeli.

Además, indicó que se utilizan dos palabras en inglés para describir este proceso de tercerización/precarización que hicieron las empresas: outsourcing, “que significa ´sacar fuera´, es decir, las empresas sacaron a los trabajadores. Los tenía adentro, los trabajadores se habían organizado, habían construido solidaridad, habían construido organización y de repente todos afuera. Este proceso de todos afuera fue de distintas maneras, pero fue un claro proceso de segmentación laboral que incluso llegó a producir conflictos entre los mismos trabajadores”. “El otro término que utiliza el capital es downsizing, que significa adelgazamiento. Es decir, hacer más chicas formalmente, porque las empresas siguen siendo materialmente lo mismo”, concluyó.

Por su parte, Fernando Folio subrayó que “lo que analizamos de este fallo es que es una continua lucha de clases. Cuando vemos fallos de este tipo nos ponemos contentos porque le pudimos arrebatar un poco esas luchas que van perdieron los trabajadores y las trabajadoras”. Además, señaló sobre la tutela sindical efectiva que “podemos tener todas las normas protectorias de derecho laboral, pero no es fácil llegar a este tipo de sentencias como las que tuvimos. No hay muchos Guillermo Díaz, que no sólo es Guillermo Díaz por su convicción de lucha, sino porque encontró un grupo de compañeros y compañeras que lo pudieron abroquelar, lo recogieron en la FeTERA y en su organización sindical de base y pudieron permitirle 8 o 10 años después darle pelea a una multinacional, que es la que se nutrió de la fuerza de trabajo de Guillermo Díaz y de todos los compañeros y compañeras que lo rodean”.

“No alcanza con las normas formales protectoras del derecho del trabajo, no alcanza con jueces que aisladamente entienden que es razonable el planteo de algunos trabajadores/as, que le hagan lugar al derecho del trabajador y decreten nulo el despido por ser discriminatorio, y no alcanza con abogados/as laboralistas que litiguen desde sus estudios. Soy un convencido de que la lucha es con la militancia en los sindicatos, fortaleciendo esas herramientas, porque en definitiva lo que estamos discutiendo es la distribución de la riqueza”, concluyó el abogado Folio.

Por último, Cynthia Benzion, presidenta de la Asociación de Abogadas y Abogados Laboralistas, centralizó su intervención en la discriminación en el empleo o con la nulidad del despido discriminatorio: “esto tiene que ver con lo que se viene trabajando desde hace años, que es el principio de la progresividad del derecho del trabajo, que es ir ampliando cada vez más el alcance de la protección de las personas trabajadoras. Este derecho humano, al no ser discriminado, en esta sentencia que estamos analizando, tiene tres aspectos fundamentales”.

“El primero, es reconocer a Guillermo Díaz como un trabajador y no discriminarlo por ser un socio cooperativo. El segundo aspecto es reconocer el derecho a sindicalizarse y, como tercer aspecto, su derecho al restablecimiento en el puesto de trabajo por haber sido discriminado”, agregó.

La presidenta de la asociación de abogados/as laboralistas también remarcó que “uno de los aspectos más sobresalientes de esta sentencia es la tarea que hace el juez de reconocer el carácter trabajador de Guillermo Díaz, con total independencia de la vinculación jurídica con la cooperativa y con Acindar. El juez lo que hace es desentenderse de los límites que le impone la ley y no lo hace arbitrariamente o porque se le ocurrió, sino con fundamentos en los derechos humanos. El fallo deja de lado cualquier cuestión formal sobre a quién prestaba tareas o con qué vinculo y señala que los trabajadores no tienen que ver sólo con estar o no registrado, sino que incluye a un colectivo mucho más amplio de trabajador/a como la economía, a tercerizados, desempleados, todas categorías que van quedando afuera de nuestro derecho laboral y legal vigente escrito”.

Guillermo Díaz, en el cierre del evento, remarcó: “la verdad es que ya ganamos, diga lo que diga la cámara. Si hubiese sido por plata la cosa todos sabemos que es más fácil. Pero no es por plata. No todo se compra, no todo se vende. Es por mi clase. Y ya ganamos porque -lamentablemente- el manejo de esta cooperativa no tiene nada que envidiarle en el manejo de este caso a ninguna de las peores patronales, y peor aún en vez de pensar y analiza los fundamentos del fallo, buscar una salida, apelo la sentencia con los elementos que le da el sistema a través de esta justicia que responde claramente al sistema capitalista”.

Prensa FeTERA